Qué sabemos de las “ayudas a inmigrantes ilegales” en algunas comunidades: son rentas mínimas que incluyen a refugiados

ayudas refugiados
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“Se acabó el bulo progre de que los inmigrantes ilegales no reciben ayudas económicas públicas”, señala una cuenta de X que ha compartido en los últimos días documentos que mostrarían supuestas ayudas a “inmigrantes irregulares” en distintos territorios como Canarias, Murcia, Galicia o Navarra. “En breve añadiré más comunidades autónomas para seguir demostrando que se miente cuando se niegan estas ayudas”, asegura en una publicación. 

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Las ayudas que menciona el usuario son las rentas mínimas de las comunidades autónomas. Sin embargo, muchas de estas ayudas autonómicas pueden ser solicitadas por refugiados, personas solicitantes de asilo o con protección humanitaria, pero no por inmigrantes “ilegales” o en situación irregular, como aseguran estos mensajes.

Refugiado no es lo mismo que inmigrante irregular. Un refugiado es una persona que ha huido de su país por “temor a ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas” y que cuenta con una protección internacional garantizada por acuerdos supranacionales como la Convención de Ginebra. Para adquirir la condición de refugiado, hay que solicitar el asilo. Los inmigrantes irregulares no cuentan con este tipo de protección. 

Las ayudas a los inmigrantes. Como contamos en Newtral.es, la residencia legal es necesaria para acceder a las ayudas estatales. Sin embargo, algunas comunidades autónomas permiten acceder a las rentas mínimas exigiendo únicamente el empadronamiento o un tiempo mínimo de residencia efectiva en la autonomía. Estas rentas mínimas se administran y gestionan de forma independiente, por lo que no existe una norma general que las regule.

Algunos casos que menciona el contenido viral


Las normativas de rentas mínimas de Canarias, Murcia y Galicia (págs. 18 y 19) mencionan excepciones a los requisitos de residencia legal o empadronamiento para recibir la ayuda. Una de ellas es tener la condición de refugiado, ser solicitante de derecho de asilo o, en caso de tener denegada esta solicitud, contar con protección humanitaria. 

Montaje realizado por Newtral.es con las normativas sobre las rentas mínimas de las tres comunidades autónomas.

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Qué implica ser refugiado. En el momento en el que una persona formaliza una solicitud de asilo para obtener el estatus de refugiado (y es aceptada a trámite) pasa a tener una situación administrativa regular en España, según aseguran a Newtral.es Pedro de Santiago, portavoz de la ONG Accem, y Francesco Pasetti, investigador de Migraciones del CIDOB (un centro de investigación de relaciones internacionales).

  • Un apunte. Las personas refugiadas o solicitantes de asilo pueden haber llegado a España por vía irregular, pero eso no “no les quita el derecho a asilo”, como matiza Pasetti. 
  • La solicitud de asilo puede tardar entre 12 y 18 meses en resolverse, según De Santiago. 

Tener concedida la condición de refugiado, o haberla solicitado, da derecho a recibir asistencia porque España está suscrita desde 1978 a la Convención de Ginebra, un tratado internacional que proporciona un marco jurídico de protección internacional a los refugiados y define quién puede serlo. 

  • No todos los inmigrantes que llegan a España, ya sea por vía regular o irregular, cuentan con este tipo de protección ni solicitan el asilo. 
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Migrantes en patera en Grecia | Foto: SHUTTERSTOCK

La protección humanitaria. La protección por “razones humanitarias” también se enmarca dentro de la protección internacional y en cuanto a “recibir prestaciones y ayudas” está al mismo nivel que el estatus de refugiado, según De Santiago. 

  • ACNUR especifica que en España esta protección concede una autorización de residencia temporal y se utiliza en casos concretos. Por ejemplo, para personas que no tengan acceso a tratamiento médico indispensable en su país. 
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Solicitud de asilo denegada, ¿automáticamente se adquiere protección humanitaria? No. “La denegación del asilo no coloca a la persona en una protección humanitaria. De hecho, cuando es declinada la solicitud de asilo, esa persona vuelve a la casilla de salida a nivel administrativo y es como si llevase cero días en España”, asegura el experto de Accem. 

  • ¿Se puede dar el caso de que una persona con la solicitud de asilo denegada obtenga protección humanitaria? Sí, según Pasetti, pero no es automático ni ocurre en todos los casos. 

Si están en situación regular, ¿por qué las ayudas autonómicas les eximen de los requisitos de residencia o empadronamiento? Pasetti explica que estas normativas autonómicas recogen esta excepción para que, en la práctica, los refugiados o solicitantes de asilo no se queden sin poder acceder a las ayudas. Aunque tengan ese derecho reconocido, la tardanza en la tramitación del permiso de residencia o de trabajo en España podrían excluirles de las ayudas hasta que obtengan la documentación correspondiente. 

  • “El papeleo no les quita derecho a recibir, las autonomías hacen esta excepción para evitar que en la práctica se les deniegue el derecho que ya tienen concedido”, señala el investigador.

Fuentes
  • Declaraciones de Francesco Pasetti, investigador de migraciones del CIDOB, a Newtral.es
  • Declaraciones de Pedro de Santiago, portavoz de la ONG Accem
  • Decreto n.º 163/2017, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
  • Ley 5/2022, de 19 de diciembre, de la renta canaria de ciudadanía
  • Decreto 14/2019, del 31 de enero, de desarrollo de la Ley 10/2013, de 27 de noviembre, de inclusión social de Galicia, en lo relativo a la tramitación de la renta de inclusión social de Galicia y de las ayudas de inclusión social
  • Página web de ACNUR