Guía de las ayudas aprobadas por el Gobierno para los afectados por las últimas borrascas

ayudas borrascas
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El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por las borrascas de las últimas semanas en el país, especialmente en Andalucía y Extremadura. 

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  • La norma incluye una ayuda de 150 euros por persona y día para los desalojados de sus hogares por este motivo, con efecto retroactivo.

El real decreto-ley recoge medidas propuestas y desarrolladas por un total de 11 ministerios del Gobierno. Estos son los principales puntos de la norma con prestaciones para los afectados, negocios  y entidades locales:

Ayudas para las familias. Se establecen ayudas directas de 150 euros por persona y día para los más de 12.400 vecinos desalojados de sus viviendas en las últimas semanas por las borrascas con efecto retroactivo a contar desde el inicio de su evacuación.

También se cuadriplica el importe de las indemnizaciones que establece la ley para los afectados por fallecimiento e incapacidad, daños materiales en viviendas, enseres y elementos comunes de comunidades de vecinos, así como en establecimientos industriales, mercantiles o de servicio. 

El Gobierno habilita un mecanismo para solicitar de forma anticipada estas ayudas mediante la suscripción de una declaración responsable, lo que permite el abono del 50% hasta la tramitación completa de la solicitud.

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  • Todas estas ayudas están exentas de tributación en el IRPF, al igual que el del impuesto de Sociedades para las empresas.
  • Tampoco afectarán a la hora de percibir el Ingreso Mínimo Vital y serán compatibles con otras prestaciones a las que los afectados puedan tener derecho.

Medidas fiscales y laborales. Se fija una exención en IRPF y Sociedades de todas las ayudas, en el IBI a inmuebles rústicos, y en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para las zonas afectadas.

  • En el caso de que estos impuestos ya se hayan abonado, los contribuyentes podrán solicitar su devolución. Todas estas prestaciones estarán exentas de tributación y serán compatibles entre sí.

En materia laboral se aprueba un Plan de Empleo con medidas para paliar los daños causados por las borrascas ‘Leonardo’ y ‘Marta’.

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  • Las empresas se podrán acoger a expedientes de regulación temporal de empleo por causa de fuerza mayor (ERTE) por suspensiones de actividad laboral y reducciones de jornada.
  • Cuando esta medida temporal se adopte por causas relacionadas con las borrascas, las personas trabajadoras podrán beneficiarse del régimen especial de la prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor.
  • Se garantiza la protección por desempleo para las personas que trabajan como empleadas del hogar. 
  • Se reducen de 35 a 5 el número de ‘peonadas’ para cobrar el subsidio por desempleo o la renta agraria para trabajadores eventuales agrarios que residan en los municipios afectados.

Ayudas a municipios. Se pone en marcha un plan de ayudas a corporaciones locales para que puedan realizar “actuaciones inaplazables” ante los daños causados por las borrascas que podrán anticiparse al 100% de su valor para los ayuntamientos que lo soliciten.

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  • También se flexibiliza la regla de gasto de ayuntamientos y comunidades autónomas para que los fondos vinculados a la reconstrucción no computen en el límite establecido y, además, se les permitirá usar su superávit de 2025.

Medidas para los comercios minoristas. Se crea también una línea de ayudas directas para autónomos y empresas de hostelería o comercio minorista en los municipios afectados por las borrascas.

  • Para personas físicas, las prestaciones ascenderán a 5.000 euros y empezarán a abonarse a partir del 19 de marzo de 2026.
  • Para las empresas el apoyo irá de los 10.000 euros a los 150.000 euros en función de su volumen de operaciones.

Podrán recibir estas prestaciones aquellos que se encuentren en los siguientes casos:

  • Quienes realicen cualquier tipo de actividad en los municipios de Dúdar (Granada), Benaoján (Málaga) y Grazalema (Cádiz).
  • Los negocios en poblaciones de igual o menos de 5.000 habitantes, siempre que desarrollen una actividad de comercio minorista, restauración y hospedaje. En los municipios de mayor tamaño se imponen los mismos requisitos pero los locales afectados deben estar en zonas evacuadas o gravemente dañadas.

Se habilita además un tramo de avales para la cobertura de la financiación a empresas y autónomos, hasta un máximo de 250 millones de euros.

Prestaciones al sector primario. El real decreto-ley establece una línea de financiación que asumirá el 15% del principal de los créditos que soliciten agricultores y pescadores, así como el coste de avales.

  • Estos temporales se consideran como causa de fuerza mayor ante el posible incumplimiento de determinadas obligaciones del sector, como, por ejemplo, en el marco de la Política Agraria Común (PAC).

Próximos pasos. Este paquete de medidas aprobado por el Gobierno es un real decreto ley, por lo que tendrá que pasar por el Congreso para ser convalidado o derogado por el hemiciclo.

Fuentes
  • Referencias del Consejo de Ministros
  • Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

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