La Audiencia Nacional suspende el bloqueo de Telegram por «excesivo y no proporcional»

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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha suspendido la orden de bloqueo temporal de Telegram en España. Tras publicar una providencia este lunes por la mañana que cancelaba la orden de cerrar Telegram en España, el magistrado ha ordenado en un auto la suspensión definitiva de la medida por ser «excesiva y no proporcional», dejando sin efecto su decisión de cancelar esta aplicación de mensajería en España.

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  • Lo importante. Después de recibir el informe policial sobre el uso de Telegram que solicitó en la providencia de este lunes, Pedraz ha argumentado los motivos que le han llevado a cambiar de criterio respecto a la cancelación de Telegram en España. «Sin perjuicio de que es sabido que dicha plataforma es utilizada también para actividades delictivas, son más que múltiples usuarios de todo tipo (particulares, empresas, funcionarios, trabajadores en general,…) que han optado por utilizar Telegram, al brindarles unos “beneficios” que otras plataformas no dan», ha señalado Pedraz en el auto.

A pesar de su cambio de criterio y considerar la medida desproporcional, el juez Santiago Pedraz sostiene en su auto que es legal bloquear Telegram en España. Aunque el magistrado de la Audiencia Nacional suspende el cierre de Telegram por ser una medida «desproporcional», en el mismo auto considera que «la medida es idónea porque su ejecución podría fin a la infracción de los derechos de la propiedad intelectual denunciada». Pedraz defiende que «la medida era proporcional ante la gravedad de la conducta denunciada» y «tiene apoyo legal contemplado en el art. 13.2 de la LECRIM», Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Contexto. La orden judicial deriva de una denuncia presentada por Mediaset, Antena 3 y Movistar Plus+ en la que acusaban a la aplicación de alojar sin permiso contenido protegido por derechos de autor. En concreto, el auto en el que se anunciaba el cierre cautelar de la aplicación explicaba que “se solicitó a Telegram que informase sobre determinados datos técnicos que permitirían identificar los titulares de las cuentas utilizadas para la infracción de los derechos de propiedad intelectual”.

Antes de ordenar el bloqueo de la suspensión de Telegram este lunes, el magistrado de la Audiencia Nacional dio tres días a Telegram para presentar un recurso de reforma ante el Juzgado Central de Instrucción y/o, en su caso, un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

«Las plataformas no son responsables del contenido que circula», explica un abogado especialista en nuevas tecnologías

El juez Pedraz ordenó el viernes bloquear Telegram en España debido a “la falta de colaboración de las autoridades de islas Vírgenes —donde está domiciliada Telegram— a las que solo se les pide una actividad de comunicación a los responsables de la red social». El magistrado de la Audiencia Nacional ordenó la suspensión de Telegram al considerar que debían «adoptarse las medidas cautelares solicitadas por las acusaciones particulares”, explicaba el juez Pedraz en el auto del viernes, suspendido este lunes con otro auto.

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Aunque en países como China o Pakistán los gobiernos han intervenido para suspender los servicios de Telegram, en España (en este caso, por orden judicial) es algo novedoso. “No es habitual [que se prohíba su uso] en estas circunstancias porque, en principio, las plataformas no son responsables del contenido que circula por la aplicación que sea generado por terceros. De hecho, lo habitual es que se requiera a las empresas que aporte datos de usuarios, no conteste y no se acabe adoptando ninguna medida por parte del juzgado”, explica David Maeztu, abogado especialista en nuevas tecnologías, a Newtral.es. Esto es así “salvo que tengan conocimiento de que el contenido es ilícito y no hagan nada por retirarlo”, añade.

Fuentes
  • Audiencia Nacional
  • EFE

2 Comentarios

  • Sería interesante obtener el informe policial para conocer los detalles de la argumentación policial.

    Gracias

  • Pues que cierren los grupos o canales de esos contenidos pero no dañen a personas que solo tratan de comunicarse con sus familiares