En al menos 10 CCAA se podrán abrir discotecas y ocio nocturno, pero en ningún territorio se permite fumar en la calle sin guardar distancia

Tiempo de lectura: 6 min

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado sábado 5 de junio el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud por el que se establecen una serie de medidas en cuanto a la reapertura de ocio nocturno o los horarios y aforos de la hostelería, entre otros. Este acuerdo, según se asegura en el texto, “obliga a todas las comunidades” autónomas, “con independencia de su voto”, a acatarlo. 

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Cataluña, Galicia, Andalucía, Madrid y Región de Murcia votaron que no al acuerdo, mientras que Castilla y León y Melilla se abstuvieron. El País Vasco, por su parte, no ha participado en la votación. Algunos gobiernos autonómicos han decidido continuar con sus propias medidas hasta confirmar si la medida es o no de obligado cumplimiento como asegura el texto. La Comunidad de Madrid ha anunciado que recurrirá a la Audiencia Nacional.

Las medidas acordadas están en función de los niveles de riesgo (según un conjunto de indicadores consensuado) y que podrá ser de entre 1 y 4, siendo 4 el riesgo más alto. Estos niveles de riesgo son lo que determinarán el grado de reapertura de las distintas actividades. 

[Novedades BOE | Sanidad publica el acuerdo de medidas coordinadas según el nivel de alerta aprobado en la Interterritorial] 

¿Dónde abrirá el ocio nocturno y las discotecas?

Los locales de ocio y discotecas podrán abrir cuando el territorio se encuentre en nivel 1 de alerta o fuera del nivel de riesgo. Hay restricciones, sin embargo, en cuanto al aforo:  será del 50% en el interior y del 100% en el exterior y el consumo se realizará sentado en mesas, que podrán ser de hasta 6 personas en interior y de 10 en exterior. El horario de cierre de estos establecimientos será a las 2:00, pero podría ampliarse hasta las 3:00. Sanidad especifica que también se podrán abrir si la comunidad autónoma está en nivel 2 y los indicadores complementarios sean favorables.

Así, con los datos hechos públicos por el Ministerio de Sanidad -y que se actualizan cada miércoles-, en este momento al menos 10 comunidades se encuentran en nivel de alerta 1 (el más bajo antes de la nueva normalidad). Son Navarra, Canarias, Cantabria, Ceuta, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Islas Baleares, Melilla y Murcia.

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Por su parte, 9 comunidades autónomas no podrían reabrir esta actividad. De ellas, País Vasco y La Rioja son las que más alejadas están de los niveles de riesgo óptimos para ello al encontrarse en nivel de alerta 3. Mientras que Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña y Madrid podrían abrir discotecas y locales si los indicadores complementarios tienen una evolución favorable, al encontrarse en nivel 2.

¿Y los restaurantes seguirán abiertos?

En cuanto a la hostelería y restauración, el horario de cierre de la hostelería se ha impuesto, para todas las comunidades, a la 1:00h, como máximo. Además, se dejará de servir a medianoche. En el caso de que la comunidad autónoma se encuentre totalmente fuera de los niveles de alerta, se podrá ocupar el 100% del aforo de las terrazas y hasta el 60% del interior, donde también se permitirá el consumo en barra. Las mesas en terraza podrán ser de hasta 10 comensales, y en interiores de 6. 

¿Hay aforo limitado en conciertos y otros eventos?

Los eventos y actividades multitudinarias no ordinarias también tendrán nuevas normas. Los organizadores de cualquiera de estos eventos deberán seguir las medidas marcadas por este documento aprobado el pasado 2 de junio. Esto es, que en función de la situación del territorio, se deberán implementar medidas específicas adicionales de reducción de riesgos de transmisión si fuera necesario.

¿Se puede fumar en terrazas y en la calle?

El documento aprobado prohíbe tajantemente fumar en la vía pública o espacios al aire libre si no se puede respetar una distancia interpersonal de, al menos, 2 metros. Esta medida aplica también al uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados. 

Tampoco se podrá fumar, ya sea tabaco o relacionados, en actividades multitudinarias no  ordinarias al aire libre o en el espacio reservado al público en eventos. 

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Además, el documento pide específicamente trabajar conjuntamente con las Entidades Locales para favorecer la reorganización del reparto del espacio público a favor de realizar actividades al aire libre conforme a las necesidades derivadas de la evolución de la pandemia, incluyendo caminar e ir en bici, y en detrimento del espacio público dedicado al vehículo motorizado privado.

¿Hay otras medidas complementarias?

Aparte de todas estas medidas, el documento aprobado dice que las comunidades autónomas deberán disponer de todos los materiales, equipos y recursos necesarios para la administración de las vacunas que provea el Ministerio de Sanidad. Además, las comunidades autónomas deberán seguir la estrategia aprobada por la Comisión de Salud Pública.

En todo caso, Sanidad especifica que aquellas comunidades y ciudades con estatuto de autonomía que se rijan por medidas más restrictivas que las acordadas en el documento, serán quienes decidan sobre la conveniencia de flexibilizarlas.

¿Cómo sé qué medidas se aplican en mi comunidad?

Todas las medidas dependen del nivel de riesgo que se dé en cada territorio. El Ministerio de Sanidad publica cada miércoles un informe de indicadores en el que actualiza la situación epidemiológica en todo el territorio.

Por eso, para saber qué medidas serían de aplicación en tu comunidad, es necesario saber en qué nivel de riesgo se encuentra. Según el último informe, del pasado miércoles 2 de junio, estos son los niveles en cada CCAA:

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[Semáforo de riesgo | La mitad de las comunidades autónomas podrán abrir las discotecas, según los parámetros de Sanidad] 

¿Cómo se calcula el nivel de riesgo?

El nivel de alerta que se establece para determinar el grado de apertura del ocio nocturno, así como de la hostelería y la restauración, establecen, se determina mediante los indicadores que aparecen en el documento Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19, del Ministerio de Sanidad. 

En este informe se establecen cuatro niveles de alerta según el nivel en el que se encuentren diferentes indicadores de riesgo, como la incidencia acumulada o la ocupación de camas UCI.

En dicha tabla, se establecen varios indicadores con cinco niveles de riesgo: nueva normalidad, bajo, medio, alto y muy alto; y se divide en dos bloques: nivel de transmisión (bloque I) y nivel de utilización de servicios asistenciales por COVID-19 (bloque II).

Así, el nivel de alerta se establecerá según el número de indicadores de cada bloque que se encuentre en cada nivel de riesgo.

6 Comentarios

  • Estamos viviendo la mayor dictadura todo se basa en, prohibir, prohibir, no hay opciones

    • Que graciosos sois. ¿Dictadura?. Cuando está en juego la salud, vuestros derechos de fumar, beber, bailar, etc, etc, pasan a segundo plano. ¿Dictadura?. Dictadura son los recortes en sanidad, los gastos vergonzosos ( véase zendal) cuando hay hospitales con plantas enteras cerradas, la no renovación de los contratos a los sanitarios. Dictadura es tener a un personaje como Ayuso al mando de la nave. Cuando la nave se hunda, nos acordaremos de nuestra penosa elección.

  • Y donde queda mis derechos?.
    O es superior uno al del otro?.
    La Libertad empieza por la posibilidad de elección: zona de fumadores y zona de no fumadores.
    Ya esta bien de imposiciones y prohibiciones!!!!!

  • LO QUE EL GOBIERNO TIENE QUE HACER ES NO PERMITIR FUMAR TAMBIÉN EN ZONAS COMUNES EXTERIORES , COMO EJEMPLO = PARADAS DE BUS, TERRAZAS DE BARES Y SIMILARES, ETC, ETC, ETC

    • Entonces lo que habría que hacer es prohibir su venta y consumo. Adiós al tabaco y a los ingresos por impuestos que recibe el estado.

  • Porque debe de haber una distancia que sea de al menos 2 metros en el caso de que alguien que fume, si los neumologos dice que la carga vírica ( si tiene) por el tabaco puede llegar a los ocho o diez metros