El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, en primera vuelta, el anteproyecto de ley de medicamentos y productos sanitarios. Con esta nueva norma, el Ejecutivo prevé regular los medicamentos de uso humano y veterinario desde su investigación hasta la comercialización de los mismos y se habilita al personal de enfermería y fisioterapia para prescribir medicamentos.
- La propuesta aprobada por el Ejecutivo aún debe pasar por un proceso de consulta pública antes de registrarse en el Congreso de los Diputados como proyecto de ley y comenzar el trámite parlamentario.
- En la misma jornada, la ministra de Sanidad, Mónica García, ha anunciado que el Ejecutivo ha aprobado el proyecto de ley de creación de la Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP), un texto que enviarán al Congreso para su tramitación por segunda vez después de que fuera rechazado el pasado 20 de marzo en la Cámara Baja.
Prescripción de enfermería y fisioterapia. Se contempla una reforma al real decreto de dispensación de medicamentos (RD 954/2015) para autorizar a enfermeros y fisioterapeutas a prescribir algunos fármacos dentro de sus competencias en el plazo de un año tras la entrada en vigor de esta ley.
La iniciativa. El anteproyecto aprobado en primera vuelta por el Gobierno prevé regular la forma en que se prescriben medicamentos y las vías de actuación del personal farmacéutico ante el desabastecimiento.
- La prescripción de medicamentos se hará en función de su principio activo. No se recetarán medicamentos por su marca a excepción de los casos en los que se trate de dar continuidad a un tratamiento, de pacientes vulnerables o de que sean medicamentos considerados “no sustituibles” por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
- Dar opciones. El farmacéutico podrá escoger entre varios medicamentos en función de la receta que le presente el paciente. En cualquier caso, la norma establece que se escoja el de menor precio siempre que sea posible.
- Ante el caso de que en la farmacia no queden unidades de un fármaco en un formato determinado (pastillas, sobres…), el farmacéutico podrá dispensar por su cuenta el formato del que tenga existencias.
- Se contempla que los pacientes puedan retirar en varias ocasiones un mismo medicamento de la farmacia con una sola receta si esta indica “un diagnóstico claro y recurrente”.
- Se faculta a la AEMPS para tomar medidas sobre fabricación, importación, distribución y dispensación de medicamentos, y se permite al Gobierno “adoptar medidas extraordinarias” para garantizar el acceso a medicamentos en situaciones de emergencia.
Sistema de precios de referencia. La iniciativa prevé regular el sistema de precios de referencia por el que se fija el importe económico máximo que el Sistema Nacional de Salud (SNS) puede llegar a financiar por tipo de medicamento.
- El cambio contempla que, en lugar de presentar un único precio fijo por tipo de medicamento, las compañías puedan presentar ofertas de precio cada seis meses, fomentando la competencia.
- Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
- Nota de prensa del Ministerio de Sanidad
- Real Decreto 954/2015