Claves de la propuesta del Gobierno para regular los ‘deepfakes’ y ‘true crime’ en la ley del derecho al honor

derecho honor deepfakes
Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Fuente: EFE.
Tiempo de lectura: 4 min

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un anteproyecto de ley, en primera vuelta, para rectificar la ley orgánica del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen para incluir los deepfakes entre los delitos que recoge la norma y regular los true crime, entre otros. 

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Deepfakes. La propuesta del Ejecutivo limita el uso de la imagen o la voz de una persona con finalidad publicitaria o comercial creada a través de sistemas de inteligencia artificial.

  • Excepciones. Según han explicado en la rueda de prensa, el texto recoge una protección la libertad de expresión y la creación artística que permite el uso de IA en personas “con proyección pública” en contextos creativos, satíricos o de ficción, siempre que se indique que las imágenes o voces han sido generadas mediante esta tecnología.

True crime. Se considerará una intromisión en el derecho al honor el hecho de que el autor de un delito quiera realizar un contenido audiovisual sobre ello (como los true crime), independientemente de que vaya a obtener un beneficio económico por ello o no. 

Derecho al honor. La modificación normativa anunciada busca proteger los derechos de imagen de los ciudadanos y regular cuándo es legítimo publicar contenidos elaborados por IA y cuándo no. 

  • Consentimiento. Se aclara que el hecho de compartir imágenes personales o familiares en redes sociales no implica una autorización general para su uso en otros contextos y el consentimiento queda limitado a la red social en la que la imagen fue publicada. 
  • Personas fallecidas. Se amplía el número de personas legitimadas para ejercer derechos en nombre de una persona fallecida para incluir a las parejas de hecho de un difunto. Además, se reconoce la posibilidad de que una persona prohíba expresamente la utilización de su imagen o su voz con fines publicitarios, comerciales o de naturaleza similar tras su fallecimiento a través de su testamento. 
  • Protección de menores. Se fija en 16 años la edad a partir de la cual se puede prestar consentimiento para que se difunda la imagen de un menor de edad, al hilo de lo que ya marca el proyecto de ley de protección de menores en el entorno digital, un texto en tramitación parlamentaria.
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Libertad de información. No se van a considerar intromisiones al derecho al honor hechos que sean considerados de interés público o que tengan un componente noticiable. 

Las indemnizaciones. En los casos en los que se reconozca una intromisión en el derecho al honor, el anteproyecto de ley recoge que se deberán conceder indemnizaciones efectivas y que no se podrán justificar otras con cuantías simbólicas por el hecho de que existan atenuantes que disminuyan la gravedad de los hechos. Además, las condenas por sentencia firme se publicarán en el BOE si lo solicita el perjudicado.

Plan de Acción por la Democracia. Esta medida forma parte del Plan de Acción por la Democracia, una iniciativa que contiene 31 medidas y que el Gobierno anunció en septiembre de 2024. 

Los deepfakes en Europa. Países de la Unión Europea como Dinamarca ya han comenzado a tramitar normativa dirigida a controlar los contenidos que usan voces o imágenes manipuladas, como es el caso de los deepfakes. En este caso el Gobierno danés prevé modificar la norma sobre derechos de autor para dar potestad a los ciudadanos sobre su propia imagen. 

Próximos pasos. El texto se ha aprobado en primera vuelta, aún tendrá que pasar una segunda revisión por parte del Gobierno antes de que se remita al Congreso para empezar la tramitación parlamentaria. 

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Fuentes
  • Ley Orgánica 1/1982
  • Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
  • Parlamentia

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