Alvise, condenado a pagar 10.000 euros a la periodista Ana Pastor por intromisión ilegítima al derecho a la propia imagen

Alvise condenado Ana Pastor
Tiempo de lectura: 3 min

La Sección 11 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Luis Pérez Alvise a pagar 10.000 euros a la periodista Ana Pastor al considerarlo culpable de intromisión ilegítima de su derecho a la propia imagen. Alvise publicó en sus redes sociales fotografías de la periodista que formaban parte del ámbito privado.

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La resolución de la Sección 11 de la Audiencia Provincial de Madrid, condena a Luis Perez a abonar dicha cantidad por daños y perjuicios a la periodista y fundadora de Newtral, además de que “proceda a la retirada de todas las publicaciones litigiosas contenidas en las cuentas de Twitter, Facebook e Instagram” de Alvise en las cuales se haya vulnerado este derecho. 

Otras condenas por difundir bulos o vulnerar el derecho al honor

Esta no es la primera vez que la justicia condena a Alvise por sus publicaciones en redes sociales sobre Ana Pastor. En enero de este año, la Audiencia Provincial de Madrid resolvió el recurso que presentó la periodista contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.º 83 de Madrid y condenó a Luis Pérez, y a Pablo Fernández Baca, al considerarlos culpables de intromisión en el derecho al honor de la periodista por sus tuits y vídeos en YouTube contra su persona y la empresa de la que es fundadora.

Además, este mismo año, Alvise también fue condenado por vulnerar el derecho al honor de la exalcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, tras difundir bulos sobre ella en redes sociales. En ese momento se le impuso una indemnización de 5.000 euros. Además, en noviembre de 2022, Alvise fue condenado a pagar 60.000 euros al exministro José Luis Ábalos por “graves daños morales” tras haber publicado imágenes del político en la terraza de su domicilio particular, como publicaba El País.

La condena contra Alvise argumenta que las imágenes privadas de Ana Pastor no tienen «dimensión pública alguna»

La sentencia considera que la publicación por parte de Alvise en sus redes sociales de una imagen de la periodista con el texto “Ante la persecución ideológica, reciprocidad” supone una vulneración de su derecho a la propia imagen.

En concreto el tribunal asegura que “el derecho a la propia imagen de la demandante (Ana Pastor) debe prevalecer sobre la libertad de información del demandado” y que esta libertad de información “no comprende la publicación inconsentida de secuencias gráficas de su vida privada”.

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Ante las alegaciones de Alvise, que aseguraba que se trataba de un hecho noticiable, la sentencia lo niega, explicando que la imagen retrataba “aspectos estrictamente concernientes a su vida privada sin dimensión pública alguna”.

“No se atisba relación entre la difusión de las fotos con la existencia de un interés público en la captación o difusión de la imagen de la demandante en contra de su voluntad”, dice la sentencia. Contra esta decisión de la Audiencia Provincial no cabe recurso ordinario alguno.

Fuentes
  • Sentencia de la Audiencia Provincial Civil de Madrid
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10 Comentarios

  • Los medios de comunicación como Newtral están diseñados para censurar la verdad en España.

    • Así es Jesús Antonio García Ferreras (Director de La secyta) y Ana pastor Garcia Directora de Newtral Maldito Bulo etc's Varios

  • JAJAJAJAJAJ.
    Que mal que manipula la información Newtral.

  • Que país!
    Ya hasta los derecha de querellan entre ellos...

  • Quién paga las indemnizaciones ?
    por qué lleva unas cuantas el muchacho...
    Esta es la herencia de ciudadanos

  • Me consta que es falso, la sentencia fue favorable al muchacho, pero si se está hablando de otra cosa no se...

  • Está noticia es totalmente falsa, él ha ganado el juicio contra esa mujer. Vaya periodismo en este país.

    • jajajajajajaja!!! no puedes ser tan tonto...

    • Sigue con la misma Maria que tú si vas bien para periodista