Nos preguntáis por los agentes covid: solo existen en Baleares, tienen funciones limitadas y expiran en diciembre de 2022

agentes covid BOE Baleares
Foto: Shutterstock
Tiempo de lectura: 6 min

Circula en redes sociales y nos habéis preguntado en nuestro servicio de verificación por WhatsApp por la figura de los agentes covid que aparece mencionada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 16 de agosto de 2022. Mensajes virales señalan que este puesto se habría creado este mismo mes de agosto, pero no es cierto. La figura de los agentes covid se implantó en 2021 para complementar a los diferentes cuerpos de Policía Local y ayudar a cumplir con las medidas para prevenir contagios. Además, estos agentes solo operan en las Islas Baleares, no en toda España, y su puesto se extinguirá el 31 de diciembre de 2022.

Publicidad

“Tremendo. Se crean los agentes covid. BOE del 16 de agosto de 2022. Para vigilar, controlar y multar a la población. Esto no se acaba nunca”, dicen publicaciones en Facebook, Twitter, Telegram, TikTok y YouTube desde el 16 de agosto. Están acompañadas por una imagen de una página del BOE de ese mismo día en la que se mencionan los agentes covid. En algunas ocasiones, el texto aparece marcado con flechas, líneas y recuadros de color rojo.

No obstante, el texto legislativo se refiere a una modificación del Decreto ley 6/2021, de 9 de julio, que afectaba a la coordinación de la Policía Local de las Islas Baleares. En dicha comunidad autónoma se introducía la figura de los agentes covid para colaborar con las autoridades policiales en el cumplimiento de las medidas relacionadas con las restricciones por la pandemia. 

Sin embargo, las funciones de estos agentes fueron limitadas en 2022, como recoge el BOE del pasado 16 de agosto, a causa de las discrepancias entre el Gobierno balear y el central. Actualmente, hay 46 agentes covid operando en Baleares, como han confirmado fuentes del Gobierno balear a Newtral.es.

¿Qué funciones atribuyó el BOE a los agentes covid en 2021?

En el verano de 2021, el Gobierno balear detectó “graves necesidades” de personal para “vigilar el cumplimiento de las medidas orientadas a proteger la salud” y las restricciones como consecuencia de los contagios de COVID-19, como recoge el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del 27 de julio de 2021.

Algunas de las restricciones por la pandemia que estaban aún vigentes el pasado verano en esa comunidad autónoma incluían el uso de la mascarilla en interiores, su empleo en exteriores si no se podía mantener una distancia social de 1,5 metros, la prohibición de reuniones entre personas no convivientes entre la 1:00h y las 6:00h, el cierre de bares, restaurantes y cafeterías a la 1:00h y la ocupación máxima de cuatro comensales por mesa en interiores y de seis en terrazas. 

Publicidad

Es por ello que el Gobierno de Baleares aprobó un primer decreto-ley —que un año más tarde se modificó— creando la figura de los agentes COVID, y que fue publicado en el BOE el 7 de septiembre de 2021. “Los ayuntamientos, cuando haya necesidades eventuales que así lo requieran, pueden nombrar a personal funcionario interino, como agentes covid para complementar a la policía local en el ejercicio de las funciones”, recogía este primer decreto.

Las funciones que atribuía esta primera ley a los agentes covid fueron las siguientes: velar por el cumplimiento de medidas covid y ordenanzas municipales, custodiar bienes y servicios municipales, colaborar en la señalización y dirección del tráfico, cooperar en la resolución de conflictos privados, practicar las primeras diligencias por accidentes de circulación, formular denuncias en el ejercicio de sus funciones teniendo en cuenta su condición como agentes de la autoridad y cualquier otra que les atribuya la legislación vigente. Además, los agentes no podrán portar armas de fuego y se les deberá distinguir de los cuerpos de la Policía Local mediante la leyenda “agente covid”, sin distintivos ni logotipos.

Las funciones de los agentes covid se limitaron en agosto de 2022, como recoge el BOE

En noviembre de 2021, medios como Europa Press informaron de que el Gobierno central tachó de “inconstitucional” la figura de los agentes covid creada meses antes. El Ejecutivo consideró que algunos aspectos del primer decreto de 2021, como el que equiparaba a los agentes covid a policías locales —que implicaba la contratación de interinos como agentes municipales— colisionaba con competencias estatales, algo que causó discrepancias con el Gobierno balear. 

Es por ello que ambas administraciones acordaron una Comisión Bilateral de Cooperación para negociar dichas discrepancias sobre los agentes covid y, de esta manera, evitar un recurso de inconstitucionalidad, como recoge el BOE del 4 de noviembre. Tras alcanzarse el acuerdo, este se publicó en el BOIB del 12 de mayo modificando el primer decreto que creó la figura de los agentes covid. Posteriormente, se publicó un segundo decreto —el Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio— en el BOE del 16 de agosto, cuya captura de pantalla se ha viralizado.

En este segundo decreto, fruto de la negociación entre el Gobierno central y el autonómico, se reducen las funciones de los agentes covid quedando limitadas a las tres siguientes: 

Publicidad
  • Denunciar el incumplimiento de las ordenanzas, los bandos y otras disposiciones y actas municipales dentro de su ámbito de competencia.
  • Formular denuncias en el ejercicio de sus funciones, en su condición de agentes de la autoridad.
  • Cualquier otra que les atribuya la legislación vigente.

Quién puede acceder al puesto y hasta cuándo estará vigente

Los decretos leyes de 2021 y 2022 publicados en el BOE establecen que los puestos de agentes covid “tienen que ser ocupados por personal funcionario interino perteneciente al subgrupo de clasificación C1” y que la selección se hará mediante un “procedimiento de concurso”. 

Consultado por Newtral.es, el Gobierno de las Islas Baleares explica que estos funcionarios interinos “trabajan conjuntamente con la policía local con funciones predeterminadas en la normativa estatal. Su ámbito de actuación es municipal, dentro del ayuntamiento al cual pertenecen, sometidos a las mismas normas de organización y funcionamiento que el resto de funcionarios del ayuntamiento”.

Una nota de prensa del Gobierno de las Islas Baleares señaló que “los ayuntamientos podrían optar a una bolsa inicial de 132 aspirantes, centralizada por la Escuela Balear de Administración Pública”. Dicha bolsa contaría con “los listados de aspirantes que se han presentado a las diferentes oposiciones de policía o bombero celebradas en los últimos cinco años”. Desde el Gobierno balear aseguran a Newtral.es que, “según los datos actualizados de julio de 2022, hay 46 agentes covid en las Islas Baleares”.

En cuanto a su temporalidad, el BOE de septiembre de 2021 recogía que la categoría de los agentes covid “y los nombramientos derivados de esta disposición transitoria obligatoriamente se extinguirán el 31 de diciembre de 2022”. Esta fecha también figura en la modificación publicada en agosto de 2022.

Publicidad
Fuentes
agentes covid BOE Baleares