Murcia es otra de las comunidades autónomas que ha dado el paso: ha eliminado de su Estatuto de Autonomía el aforamiento de sus diputados y de sus miembros del Gobierno.
Esto implica que desde el 16 de febrero los políticos murcianos con cargo público, ya sean diputados o consejeros del ejecutivo regional, pueden ser juzgados en un tribunal ordinario.
Sus causas ya no irán directamente al Tribunal Superior de Justicia de la comunidad; judicialmente se les tratará como a cualquier otro ciudadano de la región.
[BOE | Modificación de los aforamientos en Murcia]
Pero la Región de Murcia no ha sido la primera comunidad autónoma en eliminar el aforamiento de su Estatuto. Canarias lo eliminó en 2018, y las Islas Baleares, Cantabria o La Rioja, entre otras, lo intentaron antes de que se agotara la anterior legislatura en 2019.
Las comunidades autónomas que quieren suprimir el aforamiento
Según prensa del Parlamento de Cantabria, la modificación del estatuto de la comunidad para suprimir el aforamiento de los integrantes de la cámara lleva en marcha desde diciembre de 2017, cuando lo aprobaron los diputados cántabros.
No se comenzó a tramitar en Madrid, por el Congreso de los Diputados, hasta septiembre del 2020. La modificación fue aprobada el 4 de febrero de este año con 319 votos a favor, ninguno en contra y 17 abstenciones en la Cámara Baja, pero ahora tiene que tramitarse y aprobarse también en el Senado.
Desde el Parlamento cántabro pronostican que “si no hay cambios, la norma irá directa a su publicación y entrada en vigor, posiblemente en primavera”.
Los aforamientos en Andalucía y Baleares
En marzo de 2019, el vicepresidente de la Junta de Andalucía, Juan Marín, prometió eliminar los aforamientos. En el Estatuto de Autonomía de la comunidad andaluza estos privilegios de la clase política están recogidos en los artículos 101, 118, 122 y 142, que son los que Marín se comprometió a modificar, pero que siguen intactos.
La profesora Titular de Derecho Procesal de la Universidad de Valencia, Alicia Armengot explica a Newtral.es cómo afecta el aforamiento a los políticos autonómicos: “Por hechos cometidos en su comunidad autónoma, los aforados pasan a ser juzgados ante el Tribunal Superior de Justicia de su territorio, y la instrucción de esa causa correspondería a uno de lo magistrados de ese tribunal”.
“Al suprimir el aforamiento pasarían a ser como el resto de ciudadanos, es decir la instrucción de la causa pasaría a ser de un juzgado de instrucción y el juicio oral se haría en un Juzgado de lo Penal o en la Audiencia Provincial”, añade Iñaki Esparza, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad del País Vasco.
En el caso de Baleares, la propuesta de modificación del Estatuto de Autonomía para eliminar los aforamientos en marzo de 2018, pero sigue pendiente de tramitación en el Congreso de los Diputados, como explican desde prensa del Parlamento balear.
El catedrático de la Universidad del País Vasco referencia el artículo 14 de la Constitución Española en el que se recoge la igualdad ante la ley de todos españoles, y explica: “Los aforamientos son una excepción, no solo jurídica, también en Derecho comparado: ningún país de nuestro entorno contempla este trato especial a sus altos cargos”.
Los aforados solo pueden ser detenidos si son sorprendidos delinquiendo
Los beneficios del aforamiento no son solo que los diputados autonómicos e integrantes de los gobiernos sean juzgados en tribunales superiores, sino que además solo pueden ser detenidos si se les sorprende en el acto. Esto es lo que se conoce como delito flagrante.
La definición de delito flagrante, y los supuestos en los que puede darse, los recoge el Tribunal Constitucional en su sentencia 341/1993. La profesora Titular de Derecho Penal de la Universidad de Valencia, Lucía Martínez, indica a Newtral.es que: “Una cosa es el aforamiento y otra distinta lo de la detención”.
(*) “Estar aforado significa simplemente que te juzga un tribunal distinto, normalmente, de rango superior, al que sería competente según las reglas generales, pero no cambia nada más. Hay personas que tienen aforamiento y también inmunidad (diputados, senadores, parlamentarios autonómicos, etc.) y hay otras que están aforadas pero no tienen inmunidad respecto de la detención, por ejemplo los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Podría suprimirse la inmunidad de los parlamentarios autonómicos pero mantener su aforamiento, o al revés, o suprimir las dos cosas; no van necesariamente unidas”, asegura Martínez.
[Los diputados y la Justicia: aforamiento, inmunidad y suplicatorio]
Fuentes
- Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia
- Estatuto de Autonomía de Canarias
- Propuesta de modificación del Estatuto de las Islas Baleares para eliminar los aforamientos
- Estado de la propuesta de modificación del Estatuto de Cantabria
- Nota de prensa de la Junta de Andalucía del 20/03/2019 sobre la promesa de Juan Marín de eliminar los aforamientos
- Estatuto de Autonomía de Andalucía
- Estatuto de Autonomía de Isles Balears
- Sentencia 341/1993 del Tribunal Constitucional
- Artículo 14 de la Constitución Española
- Gabinete de prensa del Parlamento de Cantabria
- Gabinete de prensa del Parlamento de las Isles Balears
- Gabinete de prensa de la Junta de Andalucía
- Gabinete de prensa del Parlamento de La Rioja
- Alicia Armengot, profesora Titular de Derecho Procesal de la Universidad de Valencia
- Lucía Martínez, profesora Titular de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
- Iñaki Esparza, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad del País Vasco
(*) Actualización 17/04/2023: Este artículo se ha actualizado para incluir las declaraciones de Lucía Martínez en su totalidad.
Cuantas Comunidades Autónomas han eliminado el aforamiento? Cuales son?
El artículo confunde aforamiento con inmunidad, que son figuras jurídicas distintas. Mientras que la inmunidad se materializa en la protección de los parlamentarios frente a detenciones o retenciones salvo en caso de delito flagrante, el aforamiento determina que en los casos contra los parlamentarios autonómicos será competente el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de referencia o, en su caso, por delitos cometidos fuera de este territorio, la Sala Penal del Tribunal Supremo.
Por ejemplo, Canarias ha suprimido el aforamiento pero no la inmunidad, mientras que Murcia ha eliminado ambas figuras.