Administración abierta: una “ley ómnibus” que evita reformar la ley de transparencia y disminuye sanciones en lugar de aumentarlas

administración abierta transparencia Gobierno
Óscar López. | Fuente: Congreso web.
Tiempo de lectura: 5 min

El anteproyecto de ley de administración abierta ya está en audiencia pública. La propuesta, que tendría que haber sido puesta sobre la mesa por el Consejo de Ministros en los primeros seis meses del año, no ha llegado hasta mediados de octubre. El texto propone disminuir el tiempo de destitución para los altos cargos y mezclar áreas muy diferentes entre sí, algo que organizaciones especializadas como Civio o Political Watch han criticado. 

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Qué dice el texto. La propuesta del Gobierno contempla sustituir parte de la ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno de 2013 y unir dentro de una misma norma “materias sin conexión clara”, apunta Celia Zafra, la directora de comunicación de la organización Political Watch. 

  • El texto reconoce el derecho de acceso a la información pública a partir de los 14 años, mientras que la ley de transparencia ya lo reconocía pero no indicaba una edad concreta. 

A quién afecta. El anteproyecto incluye, además de las administraciones públicas contempladas en la ley de transparencia, a la Fiscalía General del Estado, la Junta Electoral Central y a las federaciones deportivas. 

Las claves de la propuesta de administración abierta y transparencia: 

“Huella normativa”. Se introduce la obligación de publicar un listado con las normas que están en proceso de elaboración. 

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Publicidad. Las administraciones públicas deberán detallar el gasto realizado en campañas de publicidad y en acciones de comunicación, una obligación nueva que no se recoge en la ley de transparencia.  

Conflicto de intereses. La propuesta prevé incluir en la regulación de conflictos de intereses a los asesores parlamentarios, con lo que sus perfiles pasarán a ser públicos. 

  • Control. La Oficina de Conflictos de Intereses podrá estudiar el patrimonio de los altos cargos hasta dos años después de que acabe su mandato para comprobar que no se haya dado un “enriquecimiento injustificado” de sus bienes.  

Agendas institucionales y viajes oficiales. Tanto los miembros del Gobierno como el resto de personal considerado alto cargo para la Administración General del Estado tendrán que publicar sus agendas institucionales y sus viajes oficiales. 

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Participación ciudadana. En este punto se establece la obligación de que las administraciones rindan cuentas de sus actividades cada seis meses como mínimo. 

Sanciones económicas. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno podrá imponer sanciones desde 600 hasta 1.000 euros a las administraciones que incumplan una resolución firme sobre acceso a información pública. Estas pueden repetirse hasta alcanzar los 3.000 euros en multas. 

Destitución del cargo. Según el anteproyecto de ley, las infracciones graves se sancionan con la destitución del alto cargo y la prohibición de volver a ocupar un puesto público durante uno a tres años. En el caso de las infracciones muy graves este plazo se extiende desde cinco a diez. 

  • Ojo. Esto supone una disminución de la sanción. La ley que regula a los altos cargos de la Administración General del Estado establece que no se pudiera nombrar a una persona para ocupar un puesto de alto cargo durante un periodo de entre cinco y diez años si había cometido infracciones graves o muy graves (ambas). Este anteproyecto deroga esa parte de la norma. 

No entregar o no publicar información obligatoria, no colaborar con el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno u ocultar información como no declarar actividades, bienes o derechos patrimoniales puede considerarse infracciones graves. Las muy graves giran en torno a falsear documentación o incumplir las obligaciones de publicar información obligatoria incluso habiendo sido requerida por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. 

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Las críticas. Para Civio, según la información publicada en su página web, el problema radica en que la ley de administración abierta sea una norma que aglutine aspectos tan diversos como la transparencia, la rendición de cuentas o la participación ciudadana, entre otros. 

  • La organización apuesta por una reforma “en profundidad” de la actual ley de transparencia para tramitarla como ley orgánica. 

“No compartimos ni entendemos esta decisión”, apunta Zafra en representación de Political Watch y matiza que “reformar la ley de transparencia de 2013 habría sido la opción técnicamente más sólida y políticamente más sensata”. 

Una norma que no se ha pedido. El texto, a ojos de los expertos, ha llegado sin que nadie lo pida. “Se anunció de manera sorpresiva, sin consultar previamente a las organizaciones que formamos parte del Foro de Gobierno Abierto”, una falta de diálogo previo que, para Political Watch, “refleja precisamente lo contrario de lo que debería ser un proceso de gobierno abierto”. 

Fuentes
  • Anteproyecto de ley de administración abierta
  • Ley 19/2013 de transparencia
  • Ley 3/2015 reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado
  • Civio
  • Celia Zafra, directora de comunicación de Political Watch

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