Dos hospitales de Madrid, uno de Murcia y uno de Valencia entregaron a varias pacientes que decidieron abortar documentación referente a la ley de 1985 como si fuese la norma en vigor. Es decir, a la hora de tramitar la interrupción solicitada por estas mujeres, los centros sanitarios públicos utilizaron y entregaron documentos en los que se indicaba que la ley de 1985, que solo permitía abortar en tres supuestos y que está derogada desde hace 14 años, es la actualmente vigente.
La norma que regula el acceso a la interrupción del embarazo, aprobada en 2010 y reformada en 2023, establece en su artículo 17 que “todas las mujeres recibirán información del personal sanitario sobre las condiciones para la interrupción previstas en esta ley orgánica”. Y en el artículo 18, la ley incide en que “los poderes públicos ofrecerán información pública sobre el proceso, normativa y condiciones”.
Tal y como ha podido saber Newtral.es, los hospitales en los que se ha entregado esta información desactualizada son el Hospital Puerta del Hierro (Madrid) en noviembre de 2023, el Hospital Gregorio Marañón (Madrid) en diciembre de 2023, el Hospital General Universitario Santa Lucía (Murcia) en agosto de 2023 y un hospital de un municipio de Valencia en septiembre de 2023 —hemos omitido el nombre por petición expresa de la paciente—.
Además, el Hospital Universitario de Toledo (Castilla-La Mancha) también entregó información desactualizada a una mujer hace unas semanas, en febrero de 2024, aunque no referente a la ley de 1985, sino a la ley de 2010 previa a la reforma (donde se indica, por ejemplo, que hay un periodo de reflexión obligatorio de tres días). En este caso, el hospital público también ofreció un sobre con información referente a “políticas activas de apoyo a la mujer embarazada y a la maternidad”, a pesar de que tras la reforma de 2023, esta información solo se entrega si la paciente lo pide expresamente.
Dos casos en Madrid con información para abortar bajo la ley de 1985 como si fuese actual
Fue la Associació de Drets Sexuals i Reproductius la que hizo público el primer caso después de que una paciente del Hospital Puerta del Hierro (Madrid) contactase con esta organización para saber cómo acceder a un aborto terapéutico pasada la semana 22. Como explica a Newtral.es Jordi Baroja, técnico especializado en derechos reproductivos en dicha asociación: “No le indicaron siquiera que tenía que acudir a un comité, que es el organismo que, por ley, debe autorizar una interrupción en embarazos de más de 22 semanas. Si un hospital público te entrega documentación, en un momento además tan delicado, confías en que, como mínimo, sea auténtica y veraz. Cuando nos la enseñó vimos que hacía referencia a la ley de 1985, lo que implicaba un marco legal completamente diferente al actual“. Para esta asociación, supone no solo una vulneración del derecho a la información, “sino un obstáculo a la hora de interrumpir el embarazo y violencia institucional”.
⚠️Un hospital público de Madrid entrega información de la antigua ley de 1985 a una mujer que quería abortar. Se trata de una denuncia recogida durante el último trimestre de 2023.@madridsalud podéis informar correctamente y actualizar la información? https://t.co/1ssZfBejc2 pic.twitter.com/QpTinxghpx
— L'Observatori de Drets Sexuals i Reproductius (@lobservatoridsr) November 8, 2023Publicidad
La ley de 1985, que fue derogada en 2010 tras la aprobación de la norma, era una despenalización del aborto en tres supuestos. Es decir, se reformó el artículo 417 bis del Código Penal para que no se pudiera castigar el aborto en tres circunstancias concretas: en las 12 primeras semanas, por un delito de violación; en las primeras 22 semanas si “se presume que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas”; y en cualquier momento de la gestación si hay “grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada”.
Recientemente, Newtral.es ha tenido constancia de otro caso similar, ocurrido en el Hospital Gregorio Marañón el pasado diciembre. La paciente, cuyo nombre omitimos por preservar su privacidad, decidió interrumpir su embarazo después de un diagnóstico fetal grave en la semana 12. “Me dijeron que ahí no hacían interrupciones y me dieron esta documentación”, cuenta. En el documento también aparece que la ley en vigor es la de 1985. Finalmente interrumpió en una clínica privada tras haber sido expulsada del circuito público.

Reconoce que la entrega de esta documentación “no supuso un obstáculo” para ella, pero “sí que va en la línea de dejación de funciones de la administración”. “Es una muestra más de que les damos igual. Me habían llevado todo el proceso de reproducción asistida ahí, el seguimiento del embarazo, pero a la interrupción se negaron. ¿Por qué ahí se acaba el acompañamiento y cuidado de las madres?”, añade.
Tras el caso denunciado por la Associació de Drets Sexuals i Reproductius, la diputada de Más Madrid Marta Carmona registró una pregunta en la Asamblea de Madrid para saber si la Consejería de Sanidad estaba garantizando “que las usuarias reciben información veraz y actualizada respecto a su derecho a recurrir a una interrupción del embarazo”.
La respuesta llegó unas semanas después, el 7 de diciembre. Como se puede ver en el Diario de Sesiones de aquel día, la consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Fátima Matute, respondió a Carmona lo siguiente: “Le puedo asegurar que acompañamos a las mujeres —y también a los hombres, pero en este caso hablamos de las mujeres— en todo su recorrido vital y les proveemos de la información y recursos necesarios, tanto de ayudas como de información en todo lo que compete a la cartera de servicios del Sermas, y, desde luego, cumpliendo siempre la legislación vigente. Muchas gracias”.
Los dos casos recogidos por Newtral.es de desinformación en relación a abortar según la ley de 1985 tuvieron lugar unas semanas antes de esta respuesta, por lo que este medio ha preguntado a la Consejería de Sanidad por distintas vías si se han tomado medidas y si pueden asegurar que ya no se ofrece información desactualizada a las pacientes que requieren un aborto. A fecha de publicación de este reportaje, no hemos obtenido respuesta.
Murcia asegura que su información desactualizada “es un error puntual”
El caso de esta paciente ocurrió en el Hospital General Universitario Santa Lucía en agosto de 2023. Estaba embarazada de 12 semanas cuando le detectaron a su bebé una malformación fetal grave. “El diagnóstico definitivo llegó en la semana 14 y decidí interrumpir”, relata a Newtral.es. Desde el hospital público en el que le hacían el seguimiento de su gestación también la derivaron a una clínica privada, y en los documentos de tramitación, aunque no aparece expresamente la ley de 1985, sí se recogen los tres supuestos únicos como si fuesen los requisitos en vigor para acceder a una interrupción.

Desde la Consejería de Salud de Murcia indican a Newtral.es que “todos los documentos de derivación están actualizados conforme a la ley vigente, que es la de 2010 aunque se haya reformado en 2023”. “El caso que mencionas ha podido deberse a un error puntual. En cualquier caso, este detalle no afecta en absoluto a la atención prestada a la mujer al amparo de la ley actual”, añaden.
Sobre la entrega de información con los supuestos para abortar según la ley de 1985, Estefanny Molina, abogada de Women’s Link especializada en derechos reproductivos, explica a Newtral.es que “aunque en estos casos no haya supuesto una obstaculización del derecho al aborto, la recepción de una información errónea vulnera lo que la propia ley del aborto recoge sobre el derecho a la información y no significa que en algún momento pueda pasar”. Además, señala que “puede generar confusión y desconfianza en la paciente”: “Si la administración pública se equivoca en esto, ¿en qué más se puede estar equivocando o qué otros protocolos no ha actualizado todavía?”, añade Molina.
Un hospital público de Valencia también incluye información para abortar según la ley de 1985 en el trámite de una paciente
“Solicito interrupción de mi actual gestación acogiéndome al artículo 417 bis del Código Penal”, señala el documento que un hospital público de un municipio valenciano entregó en septiembre de 2023 a una paciente cuyo bebé también fue diagnosticado de malformación fetal grave en la semana 22. En este caso, la paciente ha preferido omitir tanto su nombre como el del hospital. El papel, que formaba parte del trámite para derivarla a una clínica privada, también indica que debe haber sido informada “de la existencia de medidas de asistencia social y de orientación familiar”, así como de los “requisitos” que le son exigibles, tal y como recogía la ley del aborto de 1985.

Newtral.es ha preguntado a la Conselleria de Sanitat sobre los motivos por los que una paciente recibió información referente a abortar bajo la ley de 1985, pero a fecha de la publicación de este reportaje, no hemos obtenido respuesta.
Castilla-La Mancha asegura que “está procediendo a la actualización de la documentación”
El Hospital Universitario de Toledo también entregó información desactualizada a una mujer hace unas semanas, en febrero de 2024, aunque no referente a abortar bajo la ley de 1985, sino bajo la ley de 2010 previa a la reforma (donde se indica, por ejemplo, que hay un periodo de reflexión obligatorio de tres días). En este caso, la paciente estaba embarazada de 18 semanas y también decidió interrumpir por un diagnóstico de malformación fetal.
El hospital público también ofreció un sobre con información referente a “políticas activas de apoyo a la mujer embarazada y a la maternidad”, a pesar de que tras la reforma de 2023, esta información solo se entrega si la paciente lo requiere. En este caso no fue así, según relata la paciente a Newtral.es: “Me entregaron todo en un sobre y me dijeron que ahí estaban las clínicas privadas a las que podía ir. No me leí lo referente a la ley y no sabía que era información desactualizada, pero va en la línea de la desatención que recibí, sin apenas explicaciones de ningún tipo”.

Desde la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha indican a Newtral.es lo siguiente: “Actualmente se está procediendo a la actualización de la documentación que se entrega en los centros sanitarios del SESCAM a las mujeres que solicitan una interrupción del embarazo”.
*Si tú también has recibido información desactualizada cuando requeriste una interrupción del embarazo, independientemente de la semana de gestación, del motivo y de la comunidad autónoma, puedes escribir a [email protected]
- Documentación recibida por pacientes que requirieron una interrupción de su embarazo entre marzo de 2023 y febrero de 2024
- Consejería de Sanidad de Madrid
- Consejería de Salud de Murcia
- Conselleria de Sanitat de la Comunitat Valenciana
- Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha
- Jordi Baroja, técnico de la Associació de Drets Sexuals i Reproductius
- Estefanny Molina, abogada de Women’s Link
- Diario de Sesiones de la Asamblea de Madrid del 7 de diciembre de 2023
- Ley Orgánica 9/1985, de 5 de julio, de reforma del artículo 417 bis del Código Penal
- Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo
Estoy realizando la tesis doctoral sobre el aborto voluntario en España. A una de mis entrevistadas en Madrid le dijeron en el lugar donde han de entregar la solicitud, que la SS cubre solo un aborto y que el próximo lo tendría que pagar ella. Obviamente esto es absolutamente falso. No me creo que estos sean "errores puntuales". Como dijo Aznar "el que pueda hacer, que haga" y hay muchas personas antiabortistas en estos servicios que tratan de impedir y dificultar los procesos de cualquier manera.