Hoy ha entrado en vigor la reducción de los límites de velocidad en las carreteras convencionales, donde -hasta ahora- se podía circular por norma general a 100 kilómetros por hora. Los nuevos límites son los siguientes:
- 90 km/h para turismos, motocicletas, autobuses, y autocaravanas MMA de menos de 3.500 kg.
- 80 km/h para camiones, furgonetas, vehículos articulados, automóviles con remolque y autocaravanas MMA de más de 3.500 kg.
- 45 km/h para bicicletas y ciclomotores.
Esta medida se adopta con una intención clara: reducir la siniestralidad vial en estas vías, donde en 2018 murieron 877 personas, una cifra muy superior a la registrada en autopistas y autovías (303).
Con esta disminución, la Dirección General de Tráfico retoma el objetivo establecido en la Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020 de bajar de 37 la tasa de fallecidos en accidente de tráfico por millón de habitantes. En 2017, fue de 39.
Coste y alcance de la medida
La limitación de velocidad en carreteras convencionales afecta a 10.000 kilómetros de carreteras y ha implicado el cambio de 2.719 señales en la Red de Carreteras del Estado. Todo ello, con un coste aproximado de 526.000€, sin IVA incluido.
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